CUERNAVACA, MORELOS 11 DE NOVIEMBRE DE 2016 (La Silla Rota).- La mayoría del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto de ley de derecho de réplica del ministro Alberto Pérez Dayán que buscaba eliminar los criterios de falso e inexacto para solicitar el derecho de réplica.
Ocho ministros votaron contra el proyecto que pretendía eliminar los citados preceptos de la Ley de Derecho de Réplica, con lo que cualquier persona que se sintiera agraviada por información publicada o difundida en medios de comunicación, incluso siendo cierta, pudiera ejercer el derecho de réplica.
Al desechar el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, los expedientes serán returnados a otro ministro para que formule un nuevo proyecto que después será sometido a consideración del máximo órgano colegiado.
«Con esta votación se rechaza el proyecto respecto de su integridad y continuidad argumentativa. Se desecha el proyecto en su integridad para que sea retunardo a quién corresponda en el turno y formule en su caso un nuevo proyecto», señaló el ministro presidente Luis María Aguilar Morales, tras el resultado de los sufragios.
Aunque la discusión se centró en los criterios de información «falsa o inexacta», los ministros coincidieron en que si se votaba por la invalidez de estos preceptos normativos el resto del proyecto perdía su esencia y se necesitaría de uno nuevo.
«Si en el primer punto votamos en contra del proyecto, por lógica se returna para tratar de presentar un nuevo proyecto sobre una lógica distinta, no podríamos seguir votando un proyecto cuya columna vertebral estamos cambiadola radicalmente», explicó el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
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El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo consideró que el proyecto de ley de derecho de réplica del ponente restringe la libertad de expresión, y señaló que existen otras instancias civiles
para dirimir los agravios.
«En cuanto a los excesos en el uso del ejercicio, el derecho de libre expresión, tenemos prevista en nuestra legislación constitucional y legal: los medios, los juicios, las soluciones adecuadas a través de las cuales se pueden hacer valer esas reparaciones, estás indemnizaciones, se puede hacer valer la ofensa indebida, el derecho de reputación a la privacidad», señaló el ministro.
Pardo Rebolledo indicó que el derecho de réplica tiene la naturaleza de ser una restricción al derecho de libertad de expresión.
Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena expuso que la réplica debe entenderse como un mecanismo ideado para que una persona rectifique la información falsa o inexacta transmitida en un medio de comunicación sin afectar los contenidos y programaciones cotidianos.