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lunes, abril 29, 2024

Valida TEEO en Totontepec Villa de Morelos

Texto: Joel F. Gálvez Vivar
Fotos: Karol Joseph Gálvez López

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, México: 30 de enero 2017.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), realizó su sesión pública en la que resolvió 19 medios de impugnación, con la finalidad de brindar certeza y celeridad a igual número comunidades que se rigen bajo su propio sistema normativo indígena, mismas que en su momento acudieron ante ese órgano jurisdiccional para plantear inconformidades relacionadas a la elección de autoridades municipales, participación política de las mujeres y respeto a los derechos políticos de los pobladores.

En este sentido, habitantes del municipio de Totontepec Villa de Morelos, en la región Mixe de Oaxaca, promovieron el juicio electoral de los sistemas normativos internos JNI/02/2017, en contra del acuerdo IEEPCO-CG-SIN-319/2016, mediante el cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó como no válida la elección de Concejales en dicho Ayuntamiento.

Tras analizar la demanda, los Magistrados consideraron que el Instituto emitió el acuerdo sin realizar un estudio basado en una perspectiva intercultural, es decir; declaró que se le había negado la participación de las agencias municipales en la elección sin observar que la comunidad había implementado los mecanismos necesarios para incluirlas, pero estas no estuvieron de acuerdo con el sistema de escalafón.

Ante ello, las agencias propusieron que la elección fuera de forma meritoria, requisito que ya se había contemplado en los años 2007, 2010, 2013 y 2016. Por tales condiciones, el Tribunal Electoral ordenó revocar el citado acuerdo y declarar la validez de la asamblea de cuatro de diciembre del 2016, concluyó que deben respetar el derecho de las agencias municipales y de policía, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por la Asamblea General Comunitaria.

Mientras tanto, por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado Miguel Ángel Carballido Díaz, el Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del IEEPCO mediante el cual se validó la elección en San Juan Ozolotepec.
Al resolver el expediente JNI/81/2016, los magistrados consideraron que Naú Silvestre Alonso Silva resulta elegible para desempeñar el cargo de Presidente Municipal al ser originario de dicha comunidad, además de quedar demostrado que cuenta con la constancia de origen y vecindad emitida por el Agente Municipal de San Andrés Lovene.

Igualmente, el TEEO consideró que no se violentó el principio de igualdad y progresividad al no existir lesión de los derechos por motivos de género ya que se garantizó la participación de las mujeres de la comunidad en el proceso electivo.

El magistrado Carballido Díaz, tampoco acompañó el sentido del proyecto en el expediente JNI/62/2016, en el cual por mayoría de votos los magistrados confirmaron el acuerdo del IEEPCO mediante el cual se validó la elección de San Agustín Loxicha, lo anterior, debido a que el demandante Eduardo Pérez Santibáñez, no acreditó con pruebas idóneas las irregularidades suscitadas durante el proceso de nombramiento de concejales al ayuntamiento en cuestión.

En tanto, por unanimidad de votos los magistrados confirmaron la elección en los municipios de Santiago Xiacui, San Jerónimo Sosola, San Pedro y San Plablo Tequixtepec, San Pedro Ixtlahuaca, San Martín Ituyonso, Guevea de Humbolt y en la Agencia de Policía de Reyes Mantecón.

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