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jueves, marzo 28, 2024

Publican en DOF las reglas para la consulta sobre juicio a expresidentes

Este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) es publicado el decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular, que regirán el sondeo del próximo primero de agosto para decidir si se somete a juicio a los expresidentes.

Como parte de las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular se incluirá una opción para que las personas que participen puedan votar ”Sí”, ”No” o ”Abstención”.

Los ciudadanos que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la consulta popular mediante los mecanismos que al efecto determine el Instituto Nacional Electoral (INE), conforme a lo dispuesto en la Ley General.

Como parte de este decreto serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional o regional competencia de la Federación.

Establece que las consultas populares podrán ser anuales y llevarse a cabo el primer domingo de agosto, además de que sus resultados serán vinculantes para los poderes Ejecutivo y Legislativo.

En los temas de trascendencia nacional, los ciudadanos podrán solicitar una consulta popular con el respaldo de al menos, el dos por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. El mismo porcentaje se aplica para las consultas regionales.

Además, se establece que no se podrá consultar la permanencia o continuidad en el cargo de servidores públicos por elección popular, la restricción de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales de los que México sea parte, el sistema financiero, el presupuesto de Egresos de la Federación ni las obras de infraestructura en ejecución.

El decreto señala que el INE será el encargado de la promoción y difusión de las consultas.

Para ello, el Instituto diseñará el formulario que se aplicará en la jornada de consulta popular y se agregará la opción de abstención; además, el INE garantizará la integración de nuevas mesas directivas de casilla para la jornada de consulta, habilitará los mismos inmuebles para la ubicación de las casillas que fueron determinados para la jornada electoral inmediata anterior y podrá crear centros de votación con las casillas que correspondan a la misma sección electoral.

Mientras que los partidos políticos con registro nacional tendrán derecho a nombrar un representante ante cada mesa directiva de casilla.

También se incorpora el proceso de digitalización para la obtención de las firmas requeridas para promover una consulta.

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