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jueves, abril 18, 2024

“La cárcel no lo soluciona todo”: mujeres sin sentencia en busca de justicia

Ser detenido en México, se sea o no culpable, pone a la persona en una situación de vulnerabilidad en cuanto a sus derechos humanos se refiere en caso de que pasen los años y no se dicte una sentencia, que en el caso de las mujeres privadas de su libertad que potencializa los efectos negativos debido a una violencia y discriminación estructural causada por el uso excesivo de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Los casos de Cecilia, Nancy, Brenda, Verónica y todas las mujeres encarceladas desde hace años sin haber obtenido una sentencia, quienes además son inocentes, así lo demuestran.

En este sentido, el Instituto Federal de Defensoría Pública, cuenta con una “estrategia de combatir el punitivismo y esta lógica que está muy muy metida en nuestra sociedad de que la prisión es la solución para todo, que no importa en qué prisión o cuánto tiempo estés, eso nos va a traer seguridad, sabemos que esto no es así y esto es lo que tratamos combatir”, comenta Layla Almaraz, secretaría Técnica de Cooperación del IFDP, en entrevista para La Silla Rota.

En febrero de 2021, la Corte emitió un fallo en el que declaró procedente revisar o modificar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, impuesta por delitos graves, si una persona pasa más de dos años presa sin recibir una sentencia y el 11 de mayo de este 2022, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realizó una visita al penal femenil de Santa Martha Acatitla tras la que denunció las condiciones en las que viven estas mujeres bajo esta medida cautelar, entre ellas la exfuncionaria Rosario Robles, y otras internas en distintos penales femeniles, quienes han comenzado a ser liberadas.

La 4T defiende la prisión preventiva
Desde que se lanzó la iniciativa, el presidente Andrés Manuel López Obrador y el gobierno federal que encabeza se han mostrado en contra de la eliminación de la prisión preventiva oficiosa.

Apenas este 2 de septiembre el subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Ricardo Mejía declaró que esta medida cautelar pretende proteger a la víctima y a su familia de su agresor; evitar que los presuntos delincuentes se sustraigan de la acción de la justicia; evitar que los criminales amenacen o atenten contra los testigos durante las diferentes etapas del proceso penal; evita la reincidencia; prevenir la comisión de futuros delitos en contra de la sociedad.

El pasado 24 de agosto el presidente López Obrador, por su parte, amagó con exhibir a ministros de la Corte si votan en contra de la prisión preventiva. En conferencia mañanera, el mandatario mexicano se lanzó contra el proyecto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que pretende eliminar la prisión preventiva, pues aseguró que esto implica impunidad y corrupción.

No obstante, datos del Instituto Federal de la Defensoría Pública señalan que, en México, una de cada dos mujeres privadas de libertad está en prisión preventiva. En el Cefereso 16, por ejemplo, el 86% de las internas llevan más de 1 año a la espera de una sentencia.

Brenda Quevedo y Verónica Razo
En el marco de las medidas tomadas por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea para responder a la grave situación que enfrentan las mujeres en reclusión, el IFDP, la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México y el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer, también de la ONU, han realizado visitas a penales femeniles, de los que se desprenden estas historias.

Estas mujeres pertenecen a un grupo de 22 internas del Cefereso 16 ubicado en el estado de Morelos, el cual fue visitado por abogadas y abogados del IFDP, quienes identificaron un patrón en común. Estas mujeres fueron detenidas cuando inició la guerra contra el crimen organizado, durante el sexenio de Felipe Calderón.

La mayoría, si no es que casi todas, explica Almaraz, son “víctimas de detenciones arbitrarias, de tortura, incluyendo tortura sexual”. Particularmente estas dos mujeres fueron trasladadas al centro penitenciario de Mexicali, años después fueron llevadas a Nayarit y terminaron en el Cefereso 16, en Coatlán del Río, “con todas la violaciones a los derechos humanos que esto implica”.

Veronica Razo fue detenida por policías federales y torturada durante el proceso; hoy, hace más de 10 años continúa en prisión preventiva señalada por un presunto secuestro, cuando su hermano, acusado por el mismo delito, recientemente fue absuelto al no haberse comprobado su culpabilidad, incluso existe una recomendación por parte del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU al estado mexicano para la liberación de estas personas, en la que también se insta a investigar la tortura que sufrieron y se brinde una repación justa.

“Vero, mamá de una hija y un hijo, dice que la pena de prisión preventiva no sólo la afecta a ella, sino a su familia, que sufre esta injusticia junto con ella”, precisa la defensora pública en entrevista.

Brenda Quevedo, por su parte, lleva 13 años esperando una sentencia, “siendo inocente pero encarcelada”. Ella ha sido victima de tortura en tres ocasiones, dos de ellas de caracter sexual, y a pesar de ello aún no tiene acceso a medidas de rehabilitación, denuncia Almaraz.

“La constitución señala que puedes estar máximo 2 años en prisión preventiva y si después de este tiempo no se te ha dictado sentencia, te tienen que liberar, y no estamos cumpliendo lo que dice la constitución”, expone la abogada.

Cecilia y Nancy, encarceladas circunstancialmente
La historia del encarcelamiento de estas dos mujeres comienza en noviembre del 2020, cuando fueron contratadas por un sujeto por su profesión de sexoservidoras. La policía local las acusó por la supuesta comisión del delito de acopio de armas de uso exclusivo del ejército, posesión de cartuchos, cargadores, así como el delito contra la salud en su modalidad de venta de marihuana y en febrero de 2021 fueron vinculadas a proceso a pesar que se hizo valer el argumento de perspectiva de género desde la audiencia inicial.

Los abogados Myriam Vázquez y Miguel Ángel Ortega, del Instituto Federal de Defensoría Pública, argumentaron que Nancy y Cecilia se encontraban en ese automóvil de forma circunstancial debido a su oficio y no porque tuvieran la intención de realizar alguna conducta ilícita.

“Cuando ellas llegar al lugar donde esta persona las iba a recoger, al subirse al vehículo se dan cuenta de esta situación irregular, obviamente se espantan porque el tipo está armado y tratan de descender del vehículo, el tipo no las deja, pone seguro a las puertas, arranca, al arrancar se encuentra con un retén militar, trata de emprender huída, lo siguen, se orilla en la carretera, se baja y huye y como ellas son las únicas que están en el vehículo, pues las detienen a ellas”, cuenta la abogada Vázquez para LSR.

Los defensores demostraron ante un juez, además, que Nancy y Cecilia era efectivamente “personas vulnerables por su condición de ser mujeres, mujeres madres solteras, el principal sostén de sus hijos, la actividad profesional que desarrollaban, un tema de deserción escolar y una cuestión económica”.

Un juez determinó que las mujeres jamás tuvieron la intención de cometer delito alguno “y además fueron víctimas de esta persona al no dejarlas bajar del auto y al haberlas amenazado con privarlas de la vida si se iban, argumentando que ya las había contratado y ahora se las iba a llevar”, detalla Myriam Vázquez.

El pasado 30 de junio, Nancy y Cecilia fueron sentenciadas con fallo absolutorio a su favor, lo que las llevó a ser liberadas inmediatamente.

“No podemos devolverles su vida”
Ante esta situación de injusticia, las defensoras públicas del IFDP denuncian que no hay forma que reparar el daño a las personas que son absueltas después de haber pasado años encarcelados sin que se les dictara una sentencia definitiva.

“No hay forma en que tú les regreses esos años a esa gente, al final sí estás fracturando un proyecto de vida, y sí le estás, no sólo para la persona, sino para sus hijos, para su familia, sus redes de apoyo, sí hay que buscar una manera de compensar la menor medida de esa afectación que tuvieron a sus vidas, sus familias”, reclama Almaraz.

La abogada resalta que, en su calidad de víctimas, las personas liberadas pueden acceder a una reparación integral por parte del Estado, “por estar teniendo a personas por tanto tiempo en prisión preventiva y después decirles, pues tú no eras, o tú eres inocente y perdón por haberte quitado 10 años de tu vida”, la cual puede incluir una indemnización, acompañamiento psicológico, psiquiátrico, o medidas de protección.

Resalta que en los casos en los que ni siquiera existe una sentencia de primera instancia que diga que la persona es culpable de haber cometido algún delito, no se puede iniciar un proceso de reparación, además de que esta reparación patrimonial por parte del Estado se tiene que instar y no funciona de manera automática.

Cambio de la medida cautelar ¿la solución?
El pasado 25 de agosto la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) recomendó al gobierno de México eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa, para evitar casos como el de Daniel García Rodríguez, quien permaneció 17 años encarcelado sin recibir una sentencia.

En este sentido, Layla Almaraz recordó que un litigio de la Defensoría Pública Federal llegó a la SCJN, y la Primera Sala de la Corte resolvió que “no importa el delito que sea, no importa que sean delitos de estos que están en el 19 constitucional como secuestro o delincuencia organizada, independientemente del delito, los jueces y juezas están obligadas a revisar la prisión preventiva, una vez que se hayan cumplido los dos años”.

La abogada añadió que quien tiene que probar que esta medida es estrictamente necesaria es el Ministerio Público, y no las personas privadas de libertad, lo que sienta un importante procedente que permite a defensoras y defensores públicos promover solicitudes de revisión de medida cautelar.

Es revisión, explica la defensora, consiste en “ir con el juez y decirle, oye, yo llevo más de dos años en prisión preventiva, 8, 7 14, 16 años, modifícame la medida cautelar”.

Otras medidas que se podrían tomar antes de dictar una sentencia son:

Firmar cada 15 días ante una autoridad
La colocación de un brazalete electrónico
El pago de una fianza
En los casos en los que no se ha dictado una sentencia, explica Almaraz, este sería el camino para lograr la libertad de las personas, “no para que entorpezcan los procesos penales, únicamente para que puedan llevar sus procesos penales en libertad”.

Primer paso contra la violencia estructural hacia las mujeres
El cambiar las medidas cautelares traería un beneficio directo no sólo para las personas en proceso, sino también sus familia, particularmente de aquellas mujeres que son mamás y cuidadoras únicas de sus familias, como Verónica, Nancy y Cecilia.

Que alguna mujer en su situación sea encarcelada sin darle oportunidad de demostrar su inocencia implica que una familia fue fracturada, por lo que el regreso de esa cuidadora única, significa que los hijos, que muchas veces están abandonados, pueden recuperar a sus madres, además de que se dejan de saturar los centros penitenciarios y se combate los problemas que ello conlleva, como el hacinamiento, la falta de atención médica adecuada o el acceso al agua.

“Sería un ganar ganar si nos quitamos el chip de ‘la cárcel soluciona todo’, yo creo que es posible”, expone Almaraz, quien considera que el cambio en la medida cautelar sería un primer paso para combatir la violencia y discriminación estructural contra las mujeres en el sistema de justicia mexicano.

En México, de acuerdo con las cifras recopiladas por el IFDP, una de cada 2 mujeres privadas de libertad está en prisión preventiva. En el Cefereso 16, el 86% de las mujeres privadas de libertad llevan más de 1 año a la espera de una sentencia.

“En términos de vidas e historias, porque a estas mujeres no las podemos ver como cifras, si tú cambias una medida cautelar por una que no sea privativa de voluntad, le estás quitando un peso al Estado porque ya no tiene que estar manteniendo a una persona en prisión, la persona puede regresar a actividades productivas, puede regresar a trabajar, con su familias, con sus hijas, muchas eran proveedoras”, resalta la abogada Almaraz.

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