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viernes, abril 26, 2024

Aprueban diputados locales reformar Ley de Salud estatal

CUERNAVACA, MORELOS 9 DE OCTUBRE DEL 2017 (WDC).-Integrantes de la LIII Legislatura aprobaron reformar la Ley de Salud para el Estado Morelos que tiene como fin establecer que corresponde a la autoridad sanitaria realice verificaciones periódicas a los establecimientos cuyo producto sea agua y hielo para consumo humano, ya sea envasados o a granel, así como también que los centros de acopio animal implementen campañas permanentes de adopción.
Fue en la pasada sesión ordinaria del Congreso del estado, donde el pleno de forma unánime aprobó que los centros de acopio animal y control de fauna nociva, establecidos por los ayuntamientos van a tener la obligación de realizar y promover, de forma conjunta con las asociaciones protectoras de animales, campañas permanentes de adopción.
Lo anterior, al informar que el 70% de los animales domésticos en el país viven en situación de calle, por lo que dieron su aval para dar la atribución a los centros de acopio para celebrar convenios con instituciones públicas, sociales o privadas, y puedan llevar a cabo acciones con respecto al acopio animal y control de fauna nociva.
El dictamen aprobado por los legisladores refiere la necesidad de evitar la crueldad, tortura, negligencia, abandono y los espectáculos crueles hacia los animales, lo que se logrará solo mediante la promoción de una nueva cultura en la protección, defensa y bienestar animal.
Cabe mencionar que dentro de esa nueva cultura se hallan las campañas que promueven la adopción porque originan que los animales tengan una segunda oportunidad, añaden.
Es importante señalar que las modificaciones avaladas a los artículos 231 y 323 de la Ley de Salud del Estado de Morelos, fueron presentadas por el diputado Javier Estrada González, coordinador de la Fracción Parlamentaria del PVEM, las cuales fueron dictaminadas por la Comisión de Salud, donde los legisladores consideraron que también es necesaria una vigilancia a las empresas de purificación de agua y hielo, conforme a las Leyes y Normas Oficiales Mexicanas (NOM) correspondientes.
Finalmente, señalan que se deberán cumplir las condiciones sanitarias exigidas por la normatividad para garantizar un producto sin riesgo para la salud de las personas que lo consumen, evitando el manejo incorrecto del proceso de purificación.

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