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jueves, abril 25, 2024

Cateos a personas y autos sin orden judicial podría ser una realidad

CIUDAD DE MÉXICO 13 DE MARZO DEL 18 (La Silla Rota).- Al iniciar el análisis de diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, que impugnaron la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (INAI), el ministro Javier Laynez propuso respaldar las revisiones sin orden judicial. Ante esto, seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciaron a favor de declarar constitucional la revisión de personas y vehículos sin orden judicial en los casos de sospecha razonable o flagrancia.

Lee también en La Silla Rota: SCJN: Derecho de réplica, por información inexacta

Se necesitan 8 votos para para anular los artículos reclamados, de ser menos los artículos continuarán vigentes. Hasta el momento, dos ministros se han opuesto al proyecto.

El ministro Javier Laynez dijo que sería ilógico pensar que los agentes de seguridad deban obtener el consentimiento previo de los particulares para realizar actos de inspección.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar expuso que dicho precepto no establece las mínimas garantías de cómo se realizarán dichas inspecciones, en qué supuestos y a partir de qué reglas.

(…) Dejarlo así implica que la autoridad, sin necesidad de sospecha razonable, puede, simple y sencillamente, a su discrecionalidad revisar vehículos sin ningún parámetro de constitucionalidad”.

Acerca del Artículo 303, que pidió anular el INAI y que se refiere a la geolocalización, la Corte determinó que sólo se puede ordenar en tiempo real de un aparato celular, sin previa orden judicial, por la necesidad de proteger la vida e integridad de las personas.

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